Naturaleza del Pecado
Dado
que el pecado es un mal moral, es necesario en primer lugar determinar
qué entendemos por mal y particularmente por mal moral. El Mal, es
definido por Santo Tomás (De malo, 2:2) como una privación de forma u
orden o de medida debida. En el orden físico, una cosa es buena en la
proporción que posee entidad. Solo Dios es esencialmente ser y Solo El
es bien esencial y perfecto.
Todo
lo demás posee entidad pero limitada y, en la medida que posee entidad,
es bueno. Cuando tiene su debida proporción de forma, orden y medida
es, en su propio orden y grado, bueno. El
Mal implica una deficiencia en la perfección, por lo tanto, no puede
existir en Dios, quien es esencialmente y por naturaleza, bueno; sólo se
encuentra en seres finitos los cuales, debido a sus orígenes de la
nada, son sujetos a la privación de forma u orden o debida medida y, por
la oposición que encuentran, son sujetos a un aumento o disminución de
la perfección que tienen: "en sentido amplio, el mal puede ser descrito
como la suma de oposición, la cual la experiencia demuestra que existe
en el universo, en los deseos y necesidades de los individuos; por
consiguiente surgen, entre los seres humanos al menos, el sufrimiento el
cual abunda en la vida”.
De
acuerdo a la naturaleza de la perfección con la cual limita, el mal es
metafísico, físico o moral. El mal metafísico no es mal propiamente tal;
no es sino la negación de un bien superior, o la limitación de los
seres finitos por otros seres finitos. El mal físico priva al sujeto
afectado de algún bien natural y es adverso al bienestar del sujeto,
como dolor y sufrimiento.
El
mal moral sólo se encuentra en los seres inteligentes; los priva de
algún bien moral. Aquí trataremos solamente con el mal moral. Este puede
ser definido como una privación de conformidad con la recta razón a la
ley de Dios. Dado que la moralidad de un acto humano consiste en su
concordancia o no concordancia a la recta razón y a la ley eterna, un
acto es bueno o malo en el orden moral de acuerdo a si involucra esta
concordancia o no concordancia. Cuando la creatura inteligente,
conociendo a Dios y Su ley, deliberadamente rehúsa obedecerla, resulta
el mal moral.
El
pecado no es mas que un acto moralmente malo (Santo Tomás, “De Malo”,
8:3) un acto en discordia con la razón informada por la ley Divina. Dios
nos ha dotado de razón y libre voluntad, y un sentido de
responsabilidad; Nos ha hecho sujetos de Su ley, la cual es dada a
conocer a nosotros por los dictados de la conciencia, y nuestros actos
deben conformarse a estos dictados, de lo contrario, pecamos (Rom.
14.23). En todo acto pecador, deben considerarse dos cosas, la sustancia
del acto y el deseo de rectificación o conformidad (Santo Tomás, I-II:
72:1) El acto es algo positivo. El pecador intenta aquí y ahora actuar
de determinada forma, desmedidamente eligiendo ese particular bien
desafiando la ley de Dios y los dictados de la recta razón.
La
deformidad no es directamente intencionada como tampoco está
involucrada en el acto al parecer y en la medida que éste es físico,
pero si en cuanto el acto procede de la voluntad que tiene el poder
sobre sus actos y es capaz de escoger este o aquel bien particular
contenido dentro de la visión de su objeto adecuado, es decir, el bien
universal (Santo Tomás, “De Malo”, Q3, a.2, ad2um). Dios, como primera
causa de toda la realidad, es la causa del acto físico como tal, la
libre voluntad de la deformidad (Santo Tomás I-II:84:2; "De malo", 3:2).
El acto malo considerado adecuadamente tiene por sus causas, la libre
voluntad eligiendo defectuosamente un bien mutable en lugar de un bien
eterno, Dios, y por lo tanto, desviándose de su verdadero destino
último.
En
todo pecado se encuentra una privación del debido orden o conformidad a
la ley moral, pero el pecado no es una pura o total privación de todo
bien moral (Santo Tomás, “De Malo”, 2:9; I-II: 73:2). Hay una privación
en dos sentidos; una, total que no deja nada de su opuesto, como por
ejemplo, la oscuridad que no deja nada de luz; otra, no total, que deja
algo del bien del cual se opone como por ejemplo, la enfermedad que no
destruye totalmente las aún equilibradas funciones del cuerpo necesarias
para la salud. Una privación pura o total privación de bien puede
ocurrir en un acto moral sólo bajo el supuesto que la voluntad puede
inclinarse al mal como tal, así como por un objeto. Esto es imposible
porque el mal como tal no está contenido dentro del punto de vista de un
objeto adecuado de la voluntad, la cual es buena. La intención del
pecador termina en algún objeto en el cual hay una participación de la
bondad de Dios, y este objeto está directamente encaminado por El. La
privación del debido orden, o la deformidad, no está directamente
propuesta, aunque es aceptada al punto que los deseos del pecador
tienden a un objeto en el cual este deseo de conformidad está
involucrado, de manera que el pecado no es una pura privación, sino un
acto humano carente de su debida rectitud. Del defecto emerge el mal del
acto, del hecho, que es voluntario, su imputabilidad.
División del Pecado
En
relación al principio por el cual procede el pecado, éste puede ser
original o actual. La voluntad de Adán, como cabeza de la raza humana
para la conservación o pérdida de la justicia original es la causa y
fuente del pecado original. El pecado actual es cometido por un acto
personal libre de la voluntad del individuo. Se divide en pecados de
comisión y de omisión. Un pecado de comisión es un acto positivo
contrario a algunos preceptos prohibitivos; un pecado de omisión es una
falta de hacer lo que ha sido ordenado, o al menos desear algo
incompatible con su cumplimiento (I-II:72:5) En cuanto a su malicia, los
pecados se distinguen en pecados de ignorancia, pasión o dolencia, y
malicia; en cuanto a las actividades que involucran, en pecados del
pensamiento, palabra o hecho (cordis, oris, operis); en cuanto su
gravedad, en mortales o veniales. Esta última división es, sin dudas, la
más importante de todas y requiere un tratamiento especial. Aunque,
previo a entrar en los detalles, resulta útil mostrar algunas
distinciones posteriores que ocurren en teología así como en el uso
general.
A. Pecado Material y Formal:
Esta distinción está basada en la diferencia entre los elementos
objetivos (el objeto en sí mismo, circunstancias) y los subjetivos
(advertencia del pecado en el acto). Una acción que, de hecho, es
contraria a la ley Divina pero no es conocida como tal por el agente,
constituye un pecado material; mientras que el pecado formal es cometido
cuando el agente libremente trasgrede la ley tal como se lo ha mostrado
su conciencia, ya sea que tal ley realmente exista o si sólo se cree
que existe por aquel que actúa. Por lo tanto, una persona que toma algo
ajeno mientras piensa que es suyo, comete un pecado material; pero el
pecado sería formal si toma lo ajeno en la creencia que pertenece al
prójimo, sea ésta su creencia correcta o no.
B. Pecados Internos.
Pecado que puede ser cometido no solo por actos externos sino
también por la actividad interna de la mente fuera de cualquier
manifestación externa, son simplemente los preceptos del Decálogo: “ No
codiciarás los bienes ajenos” y del reproche de Cristo a los escribas y
fariseos a quienes asemejó como “sepulcros blanqueados...llenos de
inmundicia” (Mateo 23:27). De ahí que, el Concilio de Trento (Sess. XIV,
c.v), al declarar que todos los pecados mortales deben ser confesados,
hace especial mención a aquellos que son más secretos y que violan sólo
los últimos dos preceptos del Decálogo, sumando que ellos “a veces
hieren más gravemente el alma y son más peligrosos que los pecados
cometidos abiertamente”. Usualmente, podemos distinguir tres tipos de
pecados internos:
· delectatio morosa, i.e. el placer logrado en un pensamiento pecaminoso o imaginación incluso sin desearlo;
· gaudium, i.e. vivir complacido con pecados ya cometidos; y
· desiderium, i.e. el deseo por aquello que es pecaminoso.
Un deseo efficacious ej. Uno que incluya la intención deliberada
de realizar o satisfacer el deseo, tiene la misma malicia, mortal o
venial, como la acción que tiene en vista. Un deseo inefficacious es
aquel que conlleva una condición de tal forma que la voluntad está
preparada para realizar la acción en caso que la condición se
verificara. Cuando la condición es tal que elimina todo pecado de la
acción, el deseo no involucra pecado. Ej. Con gusto comería carne los
Viernes si tuviera la dispensa; y en general este es el caso ya sea que
la acción sea prohibida sólo por ley positiva.
Cuando la acción es contraria a la ley natural y sin embargo
dadas las circunstancias permitida, o en un estado particular de la
vida, el deseo, si incluye aquellas circunstancia o ese estado como
condiciones, no es pecado en sí mismo. Ej. Yo mataría así o asa si
tuviera que hacerlo en defensa propia. Usualmente, sin embargo, tales
deseos son peligrosos y por lo tanto ameritan reprimirlos. Si, por otro
lado, la condición no elimina el pecado de la acción, el deseo es
también pecaminoso. Este es claramente el caso donde la acción es
intrínsecamente y absolutamente mala, ej. Blasfemia: uno no podría sin
cometer pecado, tener el deseo – Blasfemaría contra Dios si no fuera
malo; la condición es un imposible y por lo tanto, no afecta al deseo
mismo. El placer tomado de un pensamiento pecaminoso (delectatio,
gaudium) es, en términos generales, un pecado del mismo tipo y gravedad
como la acción de la que es pensamiento. Sin embargo, mucho depende de
los motivos por los cuales uno piensa en acciones pecadoras. El placer,
por ejemplo, que se puede experimentar al estudiar la naturaleza de un
asesinato o de cualquier otro crimen, en lograr ideas claras sobre el
caso, trazando sus causas, determinando culpabilidad, etc, no es un
pecado; por el contrario, a menudo es tanto útil como necesario. El caso
es por su puesto distinto cuando el placer significa gratificación por
el objeto pecaminoso o la acción en sí misma. Y, es evidentemente un
pecado cuando uno se jacta de sus proezas malvadas y aún más por el
escándalo otorgado.
C. El Pecado Capital o Vicios.
De acuerdo a Santo Tomás (II-II:153:4) “un vicio capital es aquel
que tiene un fin excesivamente deseable de manera tal que en su deseo,
un hombre comete muchos pecados todos los cuales se dice son originados
en aquel vicio como su fuente principal”. Entonces, no es la gravedad
del vicio en sí mismo que lo torna en capital sino el hecho que da
origen a muchos otros pecados. Estos son enumerados por Santo Tomás
(I-II:84:4) como vanagloria (orgullo), avaricia, glotonería, lujuria,
pereza, envidia, ira. San Buenaventura (Brevil., III,ix) enumera los
mismos. Escritores anteriores habían distinguido 8 pecados capitales:
Así también San Cipriano (De mort., iv); Cassian (De instit. cænob., v,
coll. 5, de octo principalibus vitiis); Columbanus ("Instr. de octo
vitiis princip." in "Bibl. max. vet. patr.", XII, 23); Alcuin (De
virtut. et vitiis, xxvii y sgtes.) El número siete, sin embargo, fue
dado por San Gregorio el Grande (Lib. mor. in Job. XXXI, xvii), y se
mantuvo por la mayoría de los teólogos de la Edad Media.
Es necesario hacer notar que “pecado” no se predica unívocamente
de todos los tipos de pecado. “La división de pecados en veniales y
mortales no es una división de género y especies que participan
igualmente de la naturaleza del género, sino la división de un análogo
en cosas de las cuales se predica primera y secundariamente”. (St.
Thomas, I-II:138:1, ad 1um). “Pecado, no se predica unívocamente de
todos los tipos, sino primariamente como pecado actual mortal...y por lo
tanto no es necesario que la definición de pecado en general deba
verificarse excepto en aquel pecado en el cual se encuentra
perfectamente, la naturaleza del género. La definición de pecado puede
ser verificado en otros pecados en cierto sentido” (Santo Tomás, II, d.
33, Q. i, a. 2, ad 2um). El pecado actual consiste principalmente en un
acto voluntario repugnante al orden de la recta razón. El acto pasa,
pero el alma del pecador se mantiene manchada, privada de gracia, en
estado de pecado, hasta que el desorden se haya restaurado por
penitencia. Este estado es llamado pecado habitual, maccula peccati,
reatus culpae (I-II:87:6). La división del pecado en original y actual,
mortal y venial no es una división de género y especies porque el pecado
no tiene la misma significación cuando se aplica al pecado original y
personal, moral y venial. El pecado mortal nos desgarra completamente de
nuestro verdadero destino final; el pecado venial sólo nos impide en
sus logros. El pecado actual personal es voluntario por un acto propio
de la voluntad. El pecado original es voluntario no por un acto personal
voluntario nuestro, sino por un acto de la voluntad de Adán. El pecado
original y actual se distinguen por la forma bajo la cual son
voluntarios (ex parte actus); el pecado mortal y venial por la forma
bajo la cual afecta nuestra relación con Dios (ex parte deordinationis).
Siendo que un acto voluntario y sus desórdenes son la esencia del
pecado, es imposible que el pecado pueda ser un término genérico
respecto al pecado original y actual, mortal y venial. La verdadera
naturaleza del pecado se encuentra perfectamente sólo en un pecado
personal mortal, en otros pecados imperfectamente, de manera que el
pecado se predica principalmente del pecado actual y sólo
secundariamente de los otros. Por lo tanto, debemos considerar: primero,
el pecado personal mortal; segundo, el pecado venial.
Pecado Mortal
El pecado mortal es definido por San Agustín (Contra Faustum, XXII,
xxvii) as "Dictum vel factum vel concupitum contra legem æternam",
ejemplo, algo dicho, hecho o deseado contrario a la ley eterna, o
pensamiento, palabra o acto contrario a la ley eterna. Esta es una
definición de pecado en tanto acto voluntario. En tanto defecto o
privación, debería ser definido como una aversión a Dios, nuestro
verdadero destino final, en razón de una preferencia dada a algún bien
mutable. La definición de San Agustín es aceptada generalmente por los
teólogos como principalmente una definición del pecado actual mortal.
Explica muy bien los elementos materiales y formales del pecado. Las
palabras "dictum vel factum vel concupitum” muestra el elemento material
del pecado, el acto humano: "contra legem æternam", el elemento formal.
El acto es malo porque transgrede la ley Divina. San Ambrosio (De
paradiso, viii) define el pecado como una “prevaricación de la
ley Divina”.
La definición de San Agustín, estrictamente considerada, es decir
el pecado como un impedimento a nuestro verdadero fin último, no
comprende el pecado venial, sino en tanto que el pecado venial es, de
alguna manera, contrario a la ley divina, aunque no es impedimento de
nuestro fin último, se puede decir que está incluido en la definición
tal como está. Mientras que en primer lugar una definición de pecados de
comisión, los pecados de omisión pueden estar incluidos en la
definición porque ellos presuponen algún acto positivo (Santo Tomás,
I-II:71:5) y la negación y la afirmación se reducen al mismo género. Los
pecados que violan la ley humana o la ley natural también están
incluidos, por cuanto lo que es contrario a la ley humana o natural, es
también contrario a la ley Divina, en tanto cada ley humana justa se
deriva de la ley Divina y no lo es, sino estando en conformidad con la
ley Divina.
A. Descripción Bíblica del Pecado.
En el Antiguo Testamento, el pecado es establecido como un acto
de desobediencia (Gen., ii, 16-17; iii, 11; Is., i, 2-4; Jer., ii, 32);
como un insulto a Dios (Num., xxvii, 14); como algo detestado y
castigado por Dios (Gen., iii, 14-19; Gen., iv, 9-16); como injurioso al
pecador (Tob., xii, 10); como algo expiable por penitencia (Ps. 1, 19).
En el nuevo Testamento, es claramente enseñado en San Pablo que el
pecado es una trasgresión de la ley (Rom., ii, 23; v, 12-20); una
esclavitud de la cual somos liberados por la gracia (Rom., vi, 16-18);
una desobediencia (Heb., ii, 2) castigada por Dios (Heb., x, 26-31). San
Juan describe el pecado como una ofensa a Dios, un desorden de la
voluntad (Juan, xii, 43), una iniquidad (I Juan, iii, 4-10).
Cristo, en muchas de Sus declaraciones enseña la naturaleza y
extensión del pecado. El vino a promulgar una nueva ley mas perfecta que
la antigua, que se pudo extender a ordenar no solo los actos externos
sino internos a un grado desconocido anteriormente y, en Su Sermón de la
Montaña condena como pecadores muchos actos que eran juzgados como
honestos y correctos por los doctores y maestros de la Antigua Ley.
Denuncia de modo especial la hipocresía y el escándalo, la infidelidad y
el pecado contra el Espíritu Santo. El enseña en particular, que los
pecados vienen del corazón (Mat., xv, 19-20).
B. Sistemas que niegan el pecado o distorsionan su Verdadera Noción.
Todos los sistemas, religiosos o éticos, ya sea que niegan, por
un lado, la existencia de un creador personal y legislador distinto y
superior a su creación, o por otro lado, la existencia de la voluntad
libre y la responsabilidad en el hombre, distorsionan o destruyen la
verdadera noción bíblica-teológica del pecado. En los comienzos de la
era Cristiana, los Gnósticos, aunque sus doctrinas variaban en sus
detalles, negaban la existencia de un creador personal. La idea del
pecado en el sentido Católico no estaba contenida en su sistema. Para
ellos, no hay pecado, salvo el pecado de ignorancia que no necesita
expiación; Jesús no es Dios. El Maniqueísmo (q.v.) con
sus dos principios eternos, bien y mal, en guerra perpetua entre ellos,
es también destructivo de la verdadera noción de pecado. Todo mal, y
consecuentemente todo pecado, viene del principio de mal. El concepto
Cristiano de Dios como dador de ley se destruye. El pecado no es un acto
voluntario conciente de desobediencia a la voluntad Divina. Los
sistemas panteístas que niegan la distinción entre Dios y Sus creaturas,
hacen que el pecado sea imposible. Si el hombre y Dios son uno, el
hombre no es responsable de ninguno de sus actos, donde la moralidad es
destruida. Si él es su propia regla de acción, no se puede desviar del
bien como enseña Santo Tomás (I:63:1). La identificación de Dios y el
mundo por el Panteísmo (q.v.) no da lugar al pecado.
Debe haber alguna ley donde el hombre es sujeto, superior y
distinto de él, la cual puede ser obedecida y trasgredida, donde el
pecado puede entrar dentro de sus actos. Esta ley debe ser mandato de un
superior, porque las nociones de superioridad y sujeto son
correlativas. Este superior solo puede ser Dios, quien es el único autor
y señor del hombre. El Materialismo, negando como lo hace la
espiritualidad y la inmortalidad del alma, la existencia de
absolutamente ningún espíritu, y consecuentemente de Dios, no admite el
pecado. No hay voluntad libre, todo está determinado por las inflexibles
leyes del movimiento. La “Virtud” y el “vicio” son calificaciones de
actos, sin sentido. El Positivismo coloca el fin último del hombre en
algún bien sensible. Su ley suprema de acción es buscar el máximo de
placer. El Egotismo o el altruismo es la norma suprema y criterio de los
sistemas Positivistas, y no la ley eterna de Dios como revelada por El y
dictada por conciencia. Para los materialistas evolucionistas, el
hombre no es sino un animal altamente desarrollado, y la conciencia, un
producto de la evolución. La Evolución ha revolucionado la moralidad y
ya no existe el pecado.
Kant en su “Crítica a la Razón Pura”, habiendo rechazado todas
las nociones esenciales de la verdadera moralidad, es decir, libertad,
el alma, Dios y una vida futura, intentó en su “Crítica de la Razón
Práctica” reestablecerlas en la medida que eran necesarias para la
moralidad. La razón práctica, nos dice, nos impone una idea de ley y
deber. El principio fundamental de la moralidad de Kant es “el deber por
el bien del deber”, no Dios ni Su ley. El deber no puede ser concebido
en sí mismo como una cosa independiente. Trae consigo ciertos
postulados, el primero de los cuales es la libertad. En su doctrina, el
hombre, en virtud de su razón práctica “Yo debo, luego yo puedo” tiene
conciencia de la obligación moral (imperativo categórico). Esta
conciencia supone tres cosas: libre voluntad, inmortalidad del alma, y
la existencia de Dios, de otro modo el hombre no sería capaz de cumplir
sus obligaciones, no podría haber suficiente sanción por la ley Divina,
ningún premio o castigo en la vida futura. El sistema moral kantiano se
maneja entre oscuridades y contradicciones y es destructivo de muchas de
las enseñanzas de Cristo. La dignidad personal es la regla suprema de
las acciones del hombre. La noción de pecado como oposición a Dios, es
suprimida. De acuerdo a las enseñanzas del materialismo Monista hoy en
día tan diseminado, no hay ni puede haber voluntad libre. De acuerdo a
esta doctrina solo existe un cosa y que produce todos los fenómenos,
incluido el pensamiento; no somos sino muñecos en sus manos, llevados de
aquí para allá a su voluntad y finalmente llevados a la nada. En tal
sistema, no hay lugar para el bien y el mal, una libre observancia o una
trasgresión voluntaria de la ley. El pecado en su sentido verdadero, es
imposible. Sin ley y libertad y un Dios personal no hay pecado.
Que Dios existe y puede ser conocido por Sus creaciones visibles,
que El ha revelado sus decretos de Su eterna voluntad al hombre y es
distinto de Sus creaturas (Denzinger-Bannwart, "Enchiridion", nn. 178 2,
1785, 1701), son materias de fe y enseñanzas Católicas. El hombre es un
ser creado dotado de libre voluntad (ibid., 793), hecho el cual, puede
ser probado en las Escrituras y en razón del pecado de Adán quien ha
perdido su inocencia primitiva, y mientras la voluntad libre permanece,
sus poderes han sido disminuidos.
C. Errores Protestantes.
Lutero y Calvino muestran como su error fundamental que
propiamente hablando no queda voluntad libre en el hombre luego de la
caída de nuestros primeros padres; que el cumplimiento de los preceptos
de Dios es imposible aún con la asistencia de la gracia, y que el hombre
peca en todos sus acciones. La Gracia no es un don interno, sino algo
externo.
A algunos no se les imputa pecado, porque están cubiertos con el
velo del mérito de Cristo. La sola fé salva y no hay necesidad de buenas
obras. En la doctrina de Lutero, el pecado no puede ser una trasgresión
deliberada de la Ley Divina. Jansenio en sus “Agustinos” enseñó que, de
acuerdo a los poderes presentes en el hombre, algunos preceptos de Dios
son imposibles de cumplir incluso para el justo que se esfuerza por
cumplirlos, y luego enseña que la gracia por medio de la cual es posible
el cumplimiento es deseada incluso por el justo. Su error fundamental
consiste en enseñar que la voluntad no es libre sino que está guiada
necesariamente ya sea por la concupiscencia o la gracia. La libertad
interna no es necesaria para el mérito o demérito. Basta la Libertad de
coerción. Cristo no murió por todos los hombres. Baio enseñaba una
doctrina semi luterana. La libertad no está enteramente destruida, sino
que tan debilitada que sin la gracia no puede sino pecar. La verdadera
libertad no se requiere para pecar. Un acto malo cometido
involuntariamente vuelve al hombre responsable (proposiciones 50-51 en
Denzinger-Bannwart, "Enchiridion", nn. 1050-1). Todos los actos hechos
sin caridad son pecados mortales y merecen la condenación porque
proceden de la concupiscencia. Esta doctrina niega que el pecado sea una
trasgresión voluntaria de la Ley Divina. Si el hombre no es libre, los
preceptos no tienen ningún sentido en la medida que a él le corresponda.
D. El Pecado Filosófico.
Aquellos que construyen un sistema moral independiente de Dios y
Su Ley, distinguen entre el pecado teológico y el pecado filosófico. El
pecado filosófico es un acto moralmente malo que viola el orden natural
de la razón y no la Ley Divina. El pecado teológico es una trasgresión a
la ley eterna. Aquellos que tienen tendencias ateas y sostienen esta
distinción, ya sea que niegan la existencia de Dios o mantienen que El
no ejecuta providencia alguna en relación a los actos humanos. Esta
posición es destructiva del pecado en su sentido teológico, en tanto
Dios y Su Ley, premio y castigo, son hechos fuera de Él. Aquellos que
admiten la existencia de Dios, Su Ley, la libertad humana y la
responsabilidad, y aún así afirman una distinción entre el pecado
filosófico y el teológico, mantienen que en el orden presente de la
providencia de Dios son actos moralmente malos, los cuales, mientras
violan el orden de la razón, no ofenden a Dios en tanto que el pecador
puede ser ignorante de la existencia de Dios o no pensar actualmente en
El y en Su Ley cuando actúa. Sin el conocimiento de Dios o consideración
de El, es imposible ofenderlo. Esta doctrina fue censurada como
escandalosa, temeraria y errónea por Alejandro VIII (24 de Agosto de
1690) y la siguiente proposición, fue condenada: “El pecado filosófico o
moral es un acto humano en desacuerdo con la naturaleza racional y la
recta razón, el pecado teológico y mortal es una trasgresión libre a la
ley Divina. Por muy doloroso que parezca el pecado filosófico en alguien
ya sea ignorante de Dios o no está actualmente pensando en Dios, es un
pecado sin duda penoso, pero no es una ofensa a Dios, tampoco un pecado
mortal que disuelve la amistad con Dios, ni tampoco merecedor del
castigo eterno”. (Denzinger-Bannwart, 1290).
Esta proposición fué condenada porque no hace una distinción
entre la ignorancia vencible y la invencible, más aún, supone la
ignorancia invencible como suficientemente común, en vez de solo
metafísicamente posible y porque en la dispensa presente de la
providencia de Dios se nos enseñó claramente en las Escrituras que Dios
castigará todo mal que venga de la libre voluntad del hombre. (Romanos
ii, 5-11). No hay acto moralmente malo que no incluya una trasgresión a
la ley Divina. Desde el hecho que una acción es concebida como
moralmente mala, es concebida como prohibida. Una prohibición es
ininteligible sin la noción de alguien prohibiendo. Quien prohíbe en
este caso y liga la conciencia del hombre solo puede ser Dios, Quien es
el único que tiene el poder sobre la voluntad libre del hombre y sus
acciones, de manera que del hecho que cualquier acto sea percibido como
moralmente malo y prohibido por conciencia, Dios y Su ley son
percibidos, al menos confusamente, y una trasgresión voluntaria al
dictado de la conciencia es necesariamente también una trasgresión a la
ley de Dios. Cardenal de Lugo (De incarnat., disp. 5, lect. 3) admite la
posibilidad del pecado filosófico en aquellos que son inculpablemente
ignorantes de Dios, aunque el sostiene que actualmente no ocurre, porque
en el orden presente de la providencia de Dios no puede haber
ignorancia invencible de Dios y su Ley. Esta enseñanza no cae
necesariamente dentro de la condena de Alejandro VIII, aunque es
comúnmente rechazada por teólogos por que un dictado de conciencia
necesariamente involucra un conocimiento de la ley Divina como un
principio moral.
E. Condiciones de Pecado Mortal: Conocimiento, libre voluntad, materia grave.
Contrario a la enseñanza de Baio (prop. 46, Denzinger-Bannwart,
1046) y a los Reformistas, un pecado debe ser un acto voluntario.
Aquellas acciones en sí mismas son llamadas propiamente humanas o
acciones morales las cuales proceden de la voluntad humana actuando
deliberadamente con conocimiento del fin por el cual se actúa. El hombre
difiere de toda creatura irracional precisamente que el es dueño de sus
acciones en virtud de su razón y voluntad libre. (I-II:1:1). Siendo que
el pecado es un acto humano defectuoso de la debida rectitud, debe
tener en tanto es un acto humano, los constituyentes esenciales de un
acto humano. El intelecto debe percibir y juzgar la moralidad del acto y
la voluntad libremente elegir. Para que haya un pecado deliberadamente
mortal debe haber advertencia total de parte del intelecto y
consentimiento total de parte de la voluntad en una materia grave. Una
trasgresión involuntaria de la ley incluso en una materia grave, no es
formalmente, sino un pecado material. La gravedad de la materia es
juzgada por las Enseñanzas en las Escrituras, las definiciones de
concilios y papas, y también de la razón. Aquellos pecados juzgados como
mortales son los que contienen en sí mismos algún desorden grave en
relación a Dios, nuestro prójimo, nosotros mismos o a la sociedad.
Algunos pecados no admiten liviandad material, como por ejemplo, la
blasfemia, odio de Dios; son siempre mortales (ex toto genere suo), a no
ser que se vuelva venial por necesidad de total advertencia por parte
del intelecto o consentimiento total por parte de la voluntad. Otros
pecados admiten materia liviana; son pecados graves (ex genere suo) en
tanto su materia en sí misma es suficiente para constituirse en pecado
grave sin la suma de ninguna otra materia, aunque es de tal naturaleza
que, en un caso dado, debido a su pequeñez, el pecado puede ser venial,
por ejemplo, el hurto.
F. Imputabilidad
Para que el acto del pecador pueda serle imputado no es necesario
que el objeto en el cual termina y especifica el acto, esté
directamente querido como fin o medio. Es suficiente que sea querido
indirectamente o en su causa, es decir, si el pecador prevee, al menos
confusamente, qué se seguirá del acto el cual libremente realiza o de la
omisión de un acto. Cuando la causa produce un efecto doble, uno de los
cuales es directamente querido, y el otro indirectamente, el efecto que
se sigue indirectamente es moralmente imputable al pecador cuando se
verifican estas tres condiciones:
· Primero, el pecador debe preveer al menos confusamente los efectos malos que se siguen de aquello que causa,
· Segundo, debe ser capaz de abstenerse de ser causa;
· Tercero, debe estar bajo la obligación de prevenir el efecto malo.
El error y la ignorancia en relación al objeto o circunstancias
del acto causado, afectan el juicio del intelecto y consecuentemente, la
moralidad e imputabilidad del acto. La ignorancia invencible excusa
totalmente de pecado.
La ignorancia vencible no excusa aunque hace al acto menos libre. Las pasiones, mientras ellas perturban el juicio del
intelecto, afectan más directamente a la voluntad. La pasión antecedente
aumenta la intensidad del acto, el objeto es más intensamente deseado,
aunque menos libremente, y la perturbación causada por la pasión puede
ser tan grande al punto de hacer del juicio libre un imposible, dejando
al agente, por el momento, fuera de sí (I-II:6:7 al 3um.) La pasión
consecuente, la cual surge del comando de la voluntad, no disminuye la
libertad, sino que mas bien es un signo de un intenso acto volitivo. El
miedo, la violencia, la herencia, los estados temperamentales y
patológicos, en tanto afectan la volición libre, afectan la malicia e
imputabilidad de pecado. De la condenación de los errores de Baio y
Jansenio (Denz-Bann, 1046, 1066, 1094, 1291-2) queda claro que para que
haya pecado actual y personal son necesarios y se requieren el
conocimiento de la ley y un acto personal voluntario y libre de
coerción. Ningún pecado mortal es cometido bajo estado de ignorancia
invencible o en un estado de media conciencia. No se requiere la
advertencia actual de lo pecaminoso de un acto, basta la advertencia
virtual. No es necesario que esté presente la explícita intención de
ofender a Dios y romper su Ley, basta el total y libre consentimiento de
la voluntad a un acto malo.
G. Malicia.
La verdadera malicia del pecado mortal consiste en la trasgresión
conciente y voluntaria de la ley eterna e implica un desprecio de la
voluntad Divina, un total alejamiento de Dios, nuestro verdadero fin
último y la preferencia por algo creado a lo cual nos subyugamos. Es una
ofensa ofrecida a Dios, y una injuria a El; no en el sentido que afecta
ningún cambio en Dios, quien es inmutable por naturaleza, sino que el
pecado a través de su acto, priva a Dios de la reverencia y honor que se
le debe: no es una falta de malicia de parte del pecador sino la
inmutabilidad de Dios que lo previene a El del sufrimiento. Como una
ofensa ofrecida a Dios, el pecado mortal es, de alguna manera infinito
en su malicia, en tanto es dirigido contra un ser infinito, y la
gravedad de la ofensa es medida por la dignidad del ofendido (Santo
Tomás, III:1:2 al 2um). En cuanto acto, el pecado es finito, la voluntad
del hombre no es capaz de malicia infinita. El pecado es una ofensa
contra Cristo Quien ha redimido al hombre (Fil, iii, 18); contra el
Espíritu Santo Quien nos santifica (Heb, x, 29), una injuria al hombre
mismo, causando la muerte espiritual del alma y convierte al hombre en
servidor del demonio. La primera y mas importante malicia del pecado se
deriva del objeto sobre el cual la voluntad desordenadamente tiende, y
del objeto considerado moralmente, no físicamente. El fin por el cual el
pecador actúa y las circunstancias que rodean el acto son también
factores determinantes de su moralidad. Un acto el cual, objetivamente
considerado, es moralmente indiferente, puede quedar como bueno o malo
por las circunstancias, o por la intención del pecador. Un acto que es
objetivamente bueno puede quedar como malo, o de le pueden agregar
nuevas especies de bien o mal, o un nuevo grado. Las circunstancias
pueden cambiar el carácter del pecado a tal grado que se torna
específicamente diferente del considerado objetivamente; o pueden
simplemente agravar el pecado aunque no cambie su carácter específico, o
pueden disminuir su gravedad. Para que ejerzan esta influencia
determinante, son necesarias dos cosas: deben contener en sí mismas
algún bien o mal y deben ser aprehendidas, al menos confusamente, en su
aspecto moral. El acto externo, en tanto es mera ejecución de un acto
interno eficaz y voluntario, de acuerdo a la opinión tomista común, no
agrega ninguna bondad o malicia esencial al pecado interno.
H. Gravedad.
Mientras que todo pecado mortal nos aleja de nuestro verdadero
fin último, no todos los pecados mortales son igualmente graves, como
queda claro en las Escrituras (Juan, xix, 11; Mat, xi,22; Luc, vi) y
también de la razón. Los pecados se distinguen específicamente por sus
objetos, los cuales alejan al hombre no de igual modo de su fin último.
Nuevamente, siendo que el pecado no es pura privación sino una mezcla,
todos los pecados no destruyen de igual modo el orden de la razón. Los
pecados espirituales, otras cosas siendo iguales, son mas graves que los
pecados carnales. (Santo Tomás, "De malo", Q. ii, a. 9; I-II, Q.
lxxiii, a. 5).
I. Distinción Específica y numérica del Pecado.
Los pecados se distinguen específicamente por sus formalmente
diversos objetos; o por su oposición a diferentes virtudes, o por
diferentes preceptos morales de la misma virtud. Los pecados que son
específicamente distintos son también numéricamente distintos. Los
pecados dentro de la misma especie se distinguen numéricamente de
acuerdo al numero de actos completos de la voluntad en relación al total
de los objetos. Un objeto total es aquel que, ya sea por sí mismo o por
la intención del pecador, forma un todo completo y no está referido a
otra acción como parte del todo. Cuando los actos completos de la
voluntad se relacionan al mismo objeto hay tantos pecados como actos
moralmente interrumpidos.
J. Materia que causa Pecado.
Considerando que el pecado es un acto voluntario carente de
debida rectitud, el pecado se encuentra, como en una materia,
principalmente en la voluntad. Empero, dado que no solo los actos
producidos por la voluntad, son voluntarios, sino también aquellos que
son producidos por otras facultades bajo el comando de la voluntad, el
pecado puede encontrarse en estas facultades, en tanto son sujetas en
sus acciones al comando de la voluntad, son instrumentos de ella, y se
mueven bajo su guía (I-II:74)
Los miembros externos del cuerpo no pueden ser principios
efectivos de pecado (I-II:74:2, ad 3um). Son meros órganos que tienen
actividad por el alma; no inician la acción. Los poderes apetitivos, por
el contrario, pueden ser principios efectivos de pecado, porque ellos
poseen, a través de su conjunción inmediata con la voluntad y
subordinación a ella, una cierta, pero imperfecta libertad (I-II:56:4,
ad 3um). Los apetitos sensuales tienen sus propios objetos sensibles a
los cuales se inclinan naturalmente, y siendo que el pecado original ha
roto el lazo que los mantiene en completa sujeción a la voluntad, pueden
anteceder la voluntad en sus acciones y tender a sus propios objetos
desordenadamente. Por lo tanto, pueden ser principios próximos de pecado
cuando se mueven desordenadamente, contrario a los dictados de la recta
razón.
Es propio de la razón regir las facultades inferiores, y cuando
aparece un disturbio en lo sensorial, la razón puede hacer uno de dos
cosas: puede consentir al deleite sensible o puede reprimir y
rechazarlo. Si consiente, el pecado ya no pertenece a la parte sensible
del hombre, sino del intelecto y la voluntad y, consecuentemente, si la
materia es grave, el pecado es mortal. Si lo rechaza, no se puede
imputar pecado alguno. No puede haber pecado en la parte sensible del
hombre independiente de la voluntad. Los movimientos desordenados del
apetito sensible a los que les preceden la advertencia de la razón, y
que son padecidos involuntariamente, no son siquiera pecados veniales.
Las tentaciones de la carne no consentidas, no son pecados. La
concupiscencia, que queda luego de la culpabilidad del pecado original
es perdonada en el bautismo, no es pecadora al punto que no es
consentida (Coun. of Trent, sess. V, can. v). El apetito sensible por sí
mismo no puede ser sujeto de pecado mortal, porque no puede ni asir la
noción de Dios como un fin último, ni apartarnos de El, aversión sin la
cual no puede haber pecado mortal.La razón superior, cuya gestión es
ocuparse ella misma de la cosas Divinas, puede ser el principio próximo
del pecado, ambos, en relación a su propio acto, conocer la verdad, y,
en el sentido que dirige las facultades inferiores: En relación a su
propio acto, en tanto que voluntariamente abandona el conocer lo que se
puede y debe saber; en relación al acto a través del cual dirige las
facultades inferiores, al punto que comanda los actos desordenados o
falla en reprimirlos. (I-II:74:7, ad 2um) . La voluntad nunca consiente
un pecado que no sea al mismo tiempo un pecado de la razón superior como
malamente dirigiéndola, ya sea por estar actualmente deliberando y
comandando el consentimiento, o fallando en la deliberación e
impedimento al consentimiento de la voluntad cuando puede y debe
hacerlo. La razón superior es el último juez de los actos humanos y
tiene una obligación de deliberar y decidir si el acto a realizar está
de acuerdo a la ley de Dios o no. El pecado venial también se puede
encontrar en la razón superior cuando deliberadamente consiente pecados
que son veniales en su naturaleza, o cuando no hay un total
consentimiento en el caso de un pecado que es considerado objetivamente
mortal.
K. Causas de Pecado.
Bajo este título, es necesario distinguir entre la causa
eficiente, ej. El agente que realiza la acción pecadora, y aquellos
otros agentes, influencias o circunstancias que incitan al pecado y
consecuentemente involucran peligro, mas o menos grave, para aquel que
está expuesto. Estas causas incitantes son explicadas en artículos
especiales sobre OCASIONES DE PECADO y TENTACIÓN. Aquí consideraremos
solo la causa eficiente o causas de pecado. Estas son interiores y
exteriores. La causa total y suficiente de pecado es la voluntad, la
cual es regulada en sus acciones, por la razón y actúa sobre los
apetitos sensitivos. Las causas internas principales de pecado son la
ignorancia, flaqueza o pasión, y la malicia. Ignorancia por parte de la
razón, flaqueza y pasión por parte del apetito sensible y malicia por
parte de la voluntad. Un pecado tiene cierta malicia cuando la voluntad
peca por su propio mérito y no bajo la influencia de la ignorancia o la
pasión.
Las causas exteriores del pecado son el demonio y el hombre,
quien lleva al pecado por medio de la sugestión, la persuasión,
tentación y el mal ejemplo. Dios no es la causa del pecado (Concilio de
Trento, sess, VI, can vi, in Denx-Bann, 816). El dirige todas las cosas a
El y es el fin de todas sus Acciones, y no puede ser la causa del mal
sin auto-contradicción. En cualquier entidad donde hay pecado como
acción, él es la causa. La mala voluntad es la causa del desorden
(I-II:79:2). Un pecado puede ser causa de otro en tanto un pecado puede
estar ordenado a otro como a su fin. Los así llamados, siete pecados
capitales, pueden ser considerados como la fuente de donde proceden
otros pecados. Son propensiones pecadoras las cuales se revelan en actos
pecaminosos particulares. El pecado original en razón de sus
lamentables efectos, es la causa y fuente de pecado y por esta razón,
nuestra naturaleza ha sido herida e inclinada al mal. La ignorancia, la
enfermedad, la malicia y concupiscencia son consecuencias del pecado
original.
L. Efectos del Pecado.
El primer efecto del pecado mortal en el hombre es alejarlo de su
verdadero fin último, y privar su alma de la gracia santificante. El
acto pecaminoso ocurre y el pecador es dejado en un estado de aversión
habitual de Dios. El estado pecaminoso es voluntario e imputable al
pecador, porque necesariamente se sigue del acto de pecado que el
libremente realiza, y se mantiene hasta su satisfacción. Este estado de pecado es llamado por los teólogos, pecado
habitual, no en el sentido que el pecado habitual implique un hábito
vicioso, sino en el sentido que significa un estado de aversión de Dios
dependiente del pecado actual que precede, consecuentemente voluntario e
imputable. Este estado de aversión lleva necesariamente consigo, en el
presente orden de la providencia de Dios, la privación de la gracia y
caridad por medio de los cuales el hombre está ordenado a su fin
sobrenatural. La privación de la gracias es la “macula peccati” (Sto.
Tomás, I-II, Q 1xxxvi) la mancha del pecado del que se habla en las
Escrituras (Jos., xxii, 17; Isaias, iv, 4; 1 Cor., vi, 11). No es nada
positivo, cualidad o disposición, una obligación al sufrimiento, una
denominación extrínseca que viene del pecado, sino solamente la
privación de gracia santificante. No hay distinción real sino conceptual
entre el pecado habitual (reatus culpae) y la mancha de pecado (macula
peccati). El pecado habitual es uno y la misma privación considerada
como destructiva del debido orden del hombre a Dios, y la mancha o
“macula” del pecado es considerado como privador del alma de la belleza
de la gracia.
El segundo efecto del pecado está en transmitir el dolor del
sufrimiento padecido. (reatus paenae). El pecado (reatus culpae) es la
causa de esta obligación (reatus paenae). El sufrimiento puede estar
inflingido en esta vida a través del medio de castigos medicinales,
calamidades, enfermedades, males temporales, los cuales tienen a
alejarnos dl pecado; o pueden ser inflingidos en la vida por venir por
la justicia de Dios como castigo vindicativo. Los castigos en la vida
futura son proporcionados al pecado cometido y es obligación padecer
este castigo por pecados no arrepentidos, que es lo que significa la
“reatus poenae” de los teólogos. El dolor a padecer en la vida futura,
se divide en sanciones de pérdidas (poena damni) y penas del sentido
(poena sensus). La pena de pérdida es la privación de visión beatífica
de Dios como castigo por alejarse de El. La pena del sentido es el
sufirimiento como castigo por la conversion a alguna cosa creada en
lugar de Dios. Este doble sentido del color por el castigo del pecado
mortal es eterno (I Cor., vi, 9; Mat., xxv, 41; Mar ix,45). Un pecado
mortal es sufuciente para caer en el castigo. Otros
efectos del pecado son: remordimiento de conciencia (Sab, v, 2-13); una
inclinación hacia el mal, así como los hábitos son formados por la
repetición de actos similares; un oscurecimiento de la inteligencia, una
dureza de la voluntad (Mat., xiii, 14-15; Rom., xi, 8); un
enviciamiento general de la naturaleza, la cual sin embargo no destruye
totalmente la sustancia y las facultades del alma sino meramente
debilita el recto ejercicio de sus facultades.
Pecado Venial
El pecado venial es esencialmente diferente del pecado mortal. No nos
aleja de nuestro verdadero fin último, no destruye la caridad, el
principio de unión con Dios, ni priva al alma de gracia santificante y
es intrínsecamente reparable. Es llamado venial precisamente porque,
considerada su propia naturaleza, es perdonable; en sí mismo, meritorio
de castigo temporal, no eterno. Se distingue del pecado mortal en cuando
al desorden. Con el pecado mortal, el hombre queda enteramente apartado
de Dios, su verdadero fin último y, al menos implícitamente, coloca su
fin último en alguna cosa creada. Con el pecado venial, el no es
apartado de Dios, tampoco coloca su fin último en creaturas. Se mantiene
unido con Dios por caridad, pero no tiende a El como debiera. La
verdadera naturaleza del pecado en tanto contraria a la ley eterna, que
repele especialmente al principal fin de la ley, se encuentra en el
pecado mortal. El pecado venial es solo de manera imperfecta, contrario a
la ley en tanto no es contrario al principal fin de ley, ni aleja al
hombre de su fin al que está encaminado por la ley. (St. Thomas, I-II,
Q. lxxxviii, a. 1; and Cayetano, I-II, Q. lxxxviii, a. 1, para el
sentido de præter legem y contra legem de Sto. Tomás).
A. Definición.
Siendo que el acto voluntario y su desorden son la esencia del
pecado, el pecado venial en tanto que es un acto voluntario puede ser
definido como un pensamiento, palabra o realidad discorde con la ley de
Dios. Retarda al hombre en el logro de su fin último al tiempo que no lo
aleja de El. Su desorden consiste ya sea en la elección no totalmente
deliberada de algún objeto prohibido por la ley de Dios, o en la
adhesión deliberada a algún objeto creado no como fin último sino como
medio, cuyo objeto no aleja al pecador de Dios, pero no está, sin
embargo, referido a El como un fin. El hombre no puede apartarse de Dios
excepto al colocar deliberadamente su fin último en cosas creadas, y
con el pecado venial no adhiere a ningún bien temporal disfrutandolo
como fin último, sino como medio en referencia a Dios no actualmente
sino habitualmente en tanto él mismo está ordenado a Dios por caridad.
"Ille qui peccat venialiter, inhæret bono temporali non ut fruens, quia
non constituit in eo finem, sed ut utens, referens in Deum no n actu sed
habitu" (I-II:88:1, ad 3) Para que haya pecado mortal, debe ser
adherido al menos implícitamente, algún bien creado como un fin último.
Esta adherencia no puede ser lograda por un acto semi-deliberado.
Al adherir a un objeto que está en desacuerdo con la ley de Dios y sin
embargo no es destructivo del fin principal de la ley Divina, no se ha
establecido una verdadera oposición entre Dios y ese objeto. El bien
creado no es deseado como un fin. El pecador no está colocado en la
posición de escoger entre Dios y la creatura como fines últimos que se
oponen, sino que está en tal condición mental que si el objeto al cual
se adhiere fuera prohibido como contrario a su verdadero fin último, el
no adheriría a él, sino que preferiría mantener su amistad con Dios. Un
ejemplo podría darse en la amistad humana. Un amigo se abstendría de
hacer algo que por sí mismo tendiera directamente a disolver la amistad,
al tiempo que se permitiría a veces hacer cosas que desagradan al amigo
sin destruir la amistad.
La distinción entre el pecado mortal y venial está establecida en
las Escrituras. En San Juan (1 Juan v, 16-17) está claro que hay
algunos pecados que llevan “hacia la muerte” y algunos pecados que no
“llevan hacia la muerte”; es decir, mortal y venial. El texto clásico de
la distinción entre el pecado mortal y venial es aquel de San Pablo (1
Cor., iii,8-15) donde el explica en detalle la distinción entre el
pecado mortal y el venial.
“[11] Pues nadie puede cambiar la base; ya está puesta, y es
Cristo Jesús. [12] Sobre este cimiento se puede construir con oro,
plata, piedras preciosas, madera, caña o paja. [13] Un día se verá el
trabajo de cada uno. Se hará público en el día del juicio, cuando todo
sea probado por el fuego. El fuego, pues, probará la obra de cada uno.
[14] Si lo que has construido resiste al fuego, serás premiado. [15]
Pero si la obra se convierte en cenizas, el obrero tendrá que pagar. Se
salvará, pero no sin pasar por el fuego.” La madera, caña y paja
significan los pecados veniales (Santo Tomás, I-II:89:2) los cuales,
construidos sobre la base de una fe viva en Cristo, no destruyen la
caridad y de sus mismas naturalezas, no merecen castigo eterno, sino
temporal. “Así como” dice Santo Tomás (la madera, la caña y la paja)
“son juntados en una casa y no pertenecen a la sustancia del edificio,
así también los pecados veniales se multiplican en el hombre, más el
edificio espiritual se mantiene, y por estos, el hombre sufre ya sea el
fuego de las tribulaciones temporales en esta vida, o en el purgatorio
después de esta vida y sin embargo, obtiene la salvación eterna”.
(ibid).
La conveniencia de la división en madera, caña y paja está
explicada por Santo Tomás (iv, dist. 21, Q. i, a. 2). Algunos pecados
veniales son mas graves que otros y menos perdonables y esta diferencia
está bien explicada por la inflamabilidad de la madera, la caña y la
paja. El que exista una distinción entre los pecados mortales y
veniales, es un asunto de fe (concilio de Trento, sess, VI, c.xi y
cánones 23-25; sess. XIV de poenit, c.v). Esta distinción es comúnmente
rechazada por todos los herejes modernos y antiguos. En el siglo cuarto
Jovino afirmó que todo pecado era igual en culpa y merecedor de algún
castigo (St. Aug., “Ep. 167”, ii, n.4); Pelagio (q.v), afirmó que todo
pecado priva al hombre de justicia y por lo tanto, es mortal; Wyclif,
que no hay garantías en las Escrituras que diferencien el pecado en
mortal y venial, y que la gravedad del pecado depende no de la calidad
de la acción, sino en el grado de predestinación o reprobación de manera
que el peor de los crímenes del predestinado es infinitamente menos que
la mas leve falta del reprobado; Hus, que todas las acciones de los
viciosos, son pecados mortales mientras que todos los actos del
virtuoso, son buenos y virtuosos (Denz-Bann, 642); Lutero, que todos los
pecados de los no creyentes son mortales y todos los pecado del
regenerado, con excepción de la infidelidad, son veniales; Calvino, al
igual que Wyclif, basa la diferencia entre el pecado mortal y el venial
en la predestinación, pero agrega que un pecado es venial por la fe del
pecador. La veinteava de las proposiciones condenadas de Baio reza: “No
hay pecado venial por naturaleza, aunque todo pecado merece castigo
eterno” (Denz-Bann., 1020). Hirscher en tiempos mas recientes, enseñó
que todos los pecados que son completamente deliberados, son mortales,
aunque negaba la distinción de pecados en razón de sus objetos, sino que
ésta descansa en la imperfección del acto. (Kleutgen, 2nd ed., II, 284,
etc.).
B. Malicia del pecado venial.
La diferencia en la malicia del pecado mortal y venial consiste
en lo siguiente: el pecado mortal es contrario al fin principal de la
ley eterna, esto es, ataca la sustancia misma de la ley la cual comanda
que ningún ser creado debe ser preferido a Dios en tanto fin o igualado a
El, mientras que el pecado venial es sólo un desacuerdo con la ley, no
contraria u opuesta a ella, no ataca su sustancia. Lo sustancial de la
ley, su perfecto logro es entorpecido por el pecado venial.
C. Condiciones.
Es Cometido un pecado venial cuando la materia del pecado es
liviano, aunque la advertencia del intelecto y el consentimiento de la
voluntad son totales y deliberados, y, cuando, aunque la materia del
pecado sea grave, no hay total advertencia por parte del intelecto y
consentimiento total por parte de la voluntad. Un precepto, obliga sub
gravis aquello que tiene por objeto un fin importante que lograr y su
trasgresión está prohibida bajo pena de perder la amistad de Dios. Un
precepto obliga sub levi cuando no está tan directamente impuesto.
D. Efectos.
El pecado venial no priva al alma de la gracia santificante, ni
la disminuye. No produce una mácula o mancha, como lo hace el pecado
mortal, pero disminuye el lustre de la virtud – "In anima duplex est
nitor, unus quiden habitualis, ex gratia sanctificante, alter actualis
ex actibus virtutem, jamvero peccatum veniale impedit quidem fulgorem
qui ex actibus virtutum oritur, non autem habitualem nitorem, quia non
excludit nec minuit habitum charitatis" (I-II:89:1). El pecado venial
frecuente y deliberado disminuye el fervor de la caridad, dispone al
pecado mortal (I-II:88:3) y obstruye la recepción de gracias que de otra
forma Dios daría. Disgusta a Dios y obliga al pecador a castigo
temporal ya sea en su vida o en el Purgatorio. No podemos evitar todo
pecado venial en esta vida. “Aunque el mas justo y pío ocasionalmente
durante su vida cae en algunos leves pecados diarios, conocidos como
veniales, no por ellos deja de ser considerado justo” (Concilio de
Trento, sess VI, c. Xi). Y el cánon xxiii dice: “Se alguien declara que
un hombre una vez absuelto, no puede pecar de nuevo, o que puede evitar
para el resto de su vida todo pecado incluso venial, excomulguemoslo”
pero de acuerdo a la opinión común, podemos evitar solo el que sean
totalmente deliberados. El pecado venial puede coexistir con el pecado
mortal en aquellos que estan separados de Dios por el pecado mortal.
Este hecho no cambia su naturaleza o reparabilidad intrínseca, y el
hecho que no sea coexistente con la caridad no es resultado de pecado
venial sino del mortal. Es per accidens, por una razón extrínseca que el
pecado venial en este caso sea irreparable y castigado en el infierno.
Que el pecado venial puede aparecer en su verdadera naturaleza como
esencialmente diferente al pecado mortal es considerado de facto
coexistente con la caridad (I Cor, 3, 8-15). El pecado venial no
necesita la gracia de absolución. Puede ser remitido con la oración, la
contrición, la comunión ferviente y otras obras pías. Sin embargo, es
laudable su confesión (Denz-Bann, 1539).
Permisos y Remedios
Dado que por fé sabemos que Dios es omnipotente, omnisapiente y toda
bondad, es difícil considerar el pecado en Su creación. La existencia
del mal es el problema subyacente en toda teología. Se han dado varias
explicaciones que den cuenta de su existencia, que difieren de acuerdo a
los principios filosóficos y credos religiosos de sus autores.
Cualquier explicación católica debe tener en cuenta las verdades
definidas de la omnipresencia, onmisapiencia y bondad de Dios; la libre
voluntad por parte del hombre; el hecho que el sufrimiento es el castigo
por el pecado. Del mal metafísico, la negación de un bien mayor, Dios
como causa, en tanto ha creado seres con formas limitadas. Del mal
físico (malum pænæ) del cual El es también causa. Considerado como
procedente de Dios, el mal físico es bueno, y es inflingido como castigo
del pecado de acuerdo con decretos de justicia divina, compensando así
la violación del orden por el pecado. Es malo sólo para el sujeto
afectado por él.
Dios no es la causa del mal moral (malum culpae) (Concilio de
Trento, Sess. VI, can.vi) ni directa ni indirectamente. El pecado es una
violación del orden, y Dios ordena todas las cosas a El, como el fin
último, consecuentemente El no puede ser la causa directa del pecado. El
retiro de Dios de la gracia la cual previene el pecado, no lo hace a El
la causa indirecta del pecado por cuanto este retiro es efectivo de
acuerdo a los decretos de Su divina Sabiduría y justicia como castigo de
pecado previo. El no está obligado de impedir el pecado,
consecuentemente, no se le puede imputar como causa (I-II:79:1). Cuando
leemos en las Escrituras y en los Padres que Dios inclina a los hombres a
pecar, el sentido es, ya sea que en Su justo juicio El permite a los
hombres caer en el pecado por una licencia punitiva, ejerciendo Su
justicia al castigar el pecado pasado; o que El directamente causa no el
pecado sino ciertas obras externas, buenas en sí mismas, las cuales son
tan abusadas por las voluntades malas de los hombres que aquí y ahora
cometen mal; o que el les da el poder de lograr sus malos designios.
Respecto del acto físico del pecado, Dios es la causa en tanto que es
una entidad y buena. La mala voluntad del hombre es causa suficiente de
la malicia del pecado. Dios no puedo haber impedido la creación del
hombre por el hecho de prever su caída. Esto habría significado la
limitación de su Omnipresencia por una creatura, y habría sido
destructiva de El. El era libre de crear al hombre aunque El previó su
caída, y El no creó otorgándole libre voluntad y dándole los medios
suficientes para perseverar en el bien y así haberlo querido. Debemos
agregar nuestra ignorancia de la permisión del mal diciendo las palabras
de San Agustín, que Dios no habría permitido el mal y que El no fue lo
suficientemente poderoso para hacer bien del mal. La finalidad de Dios
al crear este Universo es El mismo, no el bien del hombre y de alguna
manera u otra el bien y el mal sirven para Sus fines, y finalmente habrá
una restauración del orden violado gracias a la justicia Divina.
Ningún pecado quedará sin castigo. El mal que hacen los hombres
debe ser purgado ya sea en este mundo a través de un acto de contrición o en el mundo por venir en el purgatorio o el
infierno, de acuerdo al pecado mortal o venial no arrepentido que mancha
el alma, y merece castigo eterno o temporal. Dios ha
proporcionado un remedio contra el pecado y ha manifestado Su amor y
bondad frente a la ingratitud del hombre a través de la Encarnación de
Su Divino Hijo; a través de la institución de Su
Iglesia para guiar a los hombres e interpretar para el Su ley, la
administración de los Sacramentos, que son siete canales de gracia, las
cuales usadas apropiadamente suministran un remedio adecuado al pecado y
es un medio de unión con Dios en el cielo, el cual es el fin de Su ley.
El sentido de pecado
La comprensión del pecado, en la medida que pueda ser entendido por
nuestra inteligencia finita, sirve para unir más al hombre con Dios. Le
imprime de un temor saludable, temor de sus propios poderes, temor, si
es dejado a sí mismo, de perder la gracia; con la necesidad que existe
tras la búsqueda de la ayuda y gracia de Dios para mantenerse firme en
el temor y amor de Dios, y así progresar en la vida espiritual. El
pecado no puede ser entendido, sin la toma de conciencia que el estado
moral presente del hombre no es aquel con el cual Dios lo creó, que sus
poderes están debilitados; que tiene que lograr un fin sobrenatural, el
cual es imposible por sus propios esfuerzos y sin ayuda, que sin la
gracia no hay proporción entre el fin y los medios; que el mundo, la
carne y el mal son en realidad agentes activos luchando contra el
llevandolo para que los sirva en lugar de servir a Dios. La hipótesis de
la evolución da cuenta de la evolución física del origen del hombre, la
ciencia no conoce ninguna condición humana bajo la cual el hombre
exhiba características del estado de justicia original, ni estado de no
pecado. La caída del hombre en esta hipótesis es en realidad un ascenso a
un grado superior de ser. “Una caída podría parecer, así como a veces
un hombre vicioso parece estar degradado por debajo de las bestias,
aunque como promesa y potencia, en realidad fue un ascenso” (Sir O.Lodge
“Life and Matter” pag. 79). Esta enseñanza destruye la noción de pecado
tal como es enseñada por la Iglesia Católica. El pecado no es una fase
de un lucha ascendente, es más bien un rechazo deliberado, y voluntario a
luchar. Si no hubiera habido caída desde un estado superior a uno
inferior, entonces la enseñanza de las Escrituras, en relación a la
Redención y la necesidad de una regeneración bautismal es ininteligible.
La enseñanza Católica es aquella que coloca el pecado bajo su verdadera
luz, que justifica la condena del pecado que encontramos en las
Escrituras. La Iglesia continuamente se esfuerza por inculcar en sus
hijos un sentido de temor reverencial al pecado algo a lo cual hay que
temer y evitar. Somos creaturas caídas, y nuestra vida espiritual en la
tierra es una lucha. El pecado es nuestro enemigo y mientras con
nuestras propias fuerzas no lo podemos evitar, con la gracia de Dios si
podemos. Si nosotros no ponemos obstáculos a las obras de la gracia,
podemos evitar todo pecado deliberado. Si tenemos la mala fortuna de
pecar, y buscar la gracia de Dios y su perdón con un corazón humilde y
contrito, El no nos repelará. El pecado tiene remedio por la gracia, la
cual es dada por Dios, por los méritos de Su único Hijo, Quien nos ha
redimido, restaurando con Su pasión y muerte, el orden violado por el
pecado de nuestros primeros padres y haciéndonos nuevamente hijos de
Dios y herederos del Cielo. Mientras el pecado sea visto como una
condición humana necesaria e inevitable, donde la inhabilidad para
evitar el pecado es concebido como necesario, el desaliento le sigue
naturalmente. Pero, no hay desaliento si son tomadas en cuenta la
doctrina Católica de la creación del hombre en un estado superior, la
caída por una trasgresión voluntaria, los efectos de ésta transmitidos
por decreto Divino a la posteridad, la destrucción del equilibrio de las
facultades humanas que dejan al hombre inclinado al mal; los dogmas de
la redención y la gracia como reparación del pecado. Dejados a nuestra
merced, caemos, pero manteniéndonos cerca de Dios y continuamente
buscando Su ayuda podemos pararnos y luchar contra el pecado, y si
debemos ganarnos la fé durante la batalla, la recompensa será coronada
en el cielo.
Bibliografía:
TRABAJOS DOGMÁTICOS: STO TOMÁS,, Summa theol.,
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Fuente: O'Neil, Arthur Charles. "Sin." The Catholic Encyclopedia. Vol. 14. New York: Robert Appleton Company, 1912. <http://www.newadvent.org/cathen/14004b.htm>.
Traducido por Carolina Eyzaguirre Arroyo.